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Arbitraje y Mediación

En ISBYLEX aparte de la defensa jurídica ante tribunales proponemos el ARBITRAJE y la MEDIACIÓN como métodos de resolución de conflictos.

Son medios privados y vinculantes de resolución de controversias.

Se lleva a cabo ante un mediador o ante un tribunal imparcial que emana del acuerdo entre las partes.

Arbitraje y Mediación

  • Se encuentran regulados y sujetos a la ejecución por el Estado.
  • El Estado exige que las partes respeten su obligación contractual de someterse a mediación o al arbitraje.
  • Prevé una supervisión limitada por los tribunales del procedimiento de mediación y arbitral.
  • Apoya la ejecución de los acuerdos de mediación y laudos arbitrales como las sentencias de los tribunales nacionales.
  • La mediación se realiza por una persona experta
  • Los arbitrajes se llevas a cabo normalmente por uno o tres árbitro(s).
  • A estos se les denomina “tribunal”.
  • El tribunal es equivalente al juez o jueces en una acción juridicial.
  • Los mediadores y los árbitros son seleccionados por las partes (ya sea directa o indirectamente a través de un tercero).
  • Las partes tienen cierto control sobre quien habrá de juzgar su controversia.
  • En casos internacionales los árbitros son abogados con experiencia o expertos en la materia objeto de la controversia.
  • Los poderes y deberes del mediador y del tribunal están establecidos por un convenio entre las partes y las leyes nacionales aplicables en cada caso.
  • Los árbitros están obligados a pronunciar sus laudos bajo la ley aplicable en los ordenamientos jurídicos.
  • Las partes puede acordar otra cosa (por ejemplo, conforme a lo que entienda que es “justo”).
  • El tribunal está obligado a respetar el principio de contradicción.
  • Ha de asegurar que cada parte tiene una oportunidad de presentar su caso y defenderse.
  • El procedimiento puede ser muy flexible.
  • Las leyes nacionales reconocen y apoyan el arbitraje como medio alternativo y excluyente a la acción judicial para la resolución final de controversias.
  • El arbitraje debe asimismo distinguirse de la determinación vinculante hecha por perito.
  • Los mediadores y árbitros pueden ser elegidos por su experiencia en un campo determinado, su función es la de decidir la controversia en base al caso presentado.

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